Ministros perversos que destruyen el derecho constitucional
Jazmín Esquivel, Loretta Ortíz y Arturo Zaldivar, dos ministras y un ministro que votan en contra del marco constitucional, todo por complacer al agresivo y violento de la Constitución y sus instituciones: Andrés López Obrador. A pesar de ello, la minoría de ministros perdió la votación.
Perdieron los esbirros.
Ayer martes el pleno de la SCJN terminó por resolver la inconstitucionalidad de la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional. Dos ministros propuestos por el presidente de la República, votaron en contra del voluntarioso de López Obrador; uno de ellos fue el encargado de elaborar el proyecto de sentencia, Juan Luis González Alcántara Carrancá. La otra fue Margarita Ríos Farjat. Ambos ministros ganan el respeto y reconocimiento de los mexicanos. No así los tres espurios ministros aludidos en el primer párrafo.
Arturo Zaldivar “cantinfleo” con sus argumentos, pretendió violentar la Constitución, tergiversando con sus alegatos la interpretación de varios artículos que no requieren mayor explicación por su claridad, como el 21 y 13 constitucional. Según este ministro, si el titular del Poder Ejecutivo es un civil, luego entonces no importa que la Guardia Nacional dependa del mando militar, si el mando superior es civil. Así su pueril razonamiento, todo por complacer al presidente López. Criterio que no fue apoyado por la mayoría calificada de ocho ministros, suficiente para que el Pleno de la SCJN declarara la inconstitucionalidad de las reformas promovidas por AMLO, avaladas en su momento por sus bancadas y aliados en el Senado y la Cámara de Diputados ¡Los abusos del poder!
Empecemos por el principio. La acción de inconstitucionalidad numerada con el registro 137/2022, fue promovida por senadoras y senadores de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, quienes demandaron la invalidez del Decreto por el que reformaron y adicionaron varias disposiciones legales de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de Ley de la Guardia Nacional; de Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y, de Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, todos en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 9 de septiembre de 2022. Es de gente de bien reconocer que, gracias a la impugnación de los legisladores de oposición, los ministros les dieron la razón con base en la misma Constitución. Buenos los alegatos.
Así las cosas, por fin el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó el análisis de las impugnaciones formuladas por senadoras y senadores de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, en contra del Decreto inconstitucional.
Conclusión. La Corte invalidó el traslado a la Secretaría de la Defensa Nacional del cúmulo de facultades orgánicas, administrativas, presupuestales y directivas de la Guardia Nacional, al considerar que el artículo 21 constitucional establece expresamente que dicha corporación será un ente civil y que su adscripción, así como la determinación de sus acciones, planes y programas, corresponden a la Secretaría del ramo de la seguridad pública, en el caso, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Así lo mencionamos en su momento en varias Columnas.
Era evidente el abuso y burla del presidente y sus legisladores en detrimento de la Constitución. A pesar de ello, dos ministras y un ministro dieron la razón a los violadores de la Carta Magna. AMLO no pudo reformar la Constitución a capricho y se fue a las leyes secundarias con la esperanza de conseguir sus aviesos objetivos.
De tal suerte que la SCJN invalidó la facultad del titular de la Secretaría de la Defensa Nacional para proponer el nombramiento de la persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, quien debería contar con el grado jerárquico de Comisario General. Ello, al considerar que esa facultad vulneraba la regla de adscripción a la Secretaría del ramo de seguridad pública y protección ciudadana, aunado a que el requisito mencionado direccionaba el perfil del titular de la Comandancia hacia el ámbito de las Fuerzas Armadas. Era flagrante la violación a la Carta Marga, una burla que minaba la jerarquía de leyes, sobre la Constitución, ninguna ley secundaria puede tergiversar la letra de la máxima norma. Y así se encuentra el denominado “Plan B” en materia electoral ¿Correrá la misma suerte en la Corte?
Los ministros también invalidaron el régimen diferenciado del personal de la Guardia Nacional proveniente de la Policía Militar, el cual preveía, entre otros aspectos, que seguirían siendo considerados miembros activos del Ejército y Fuerza Aérea y quedarían sujetos al fuero militar para determinados delitos, toda vez que se contravenía el artículo 21 constitucional, porque distorsionaba el carácter civil de la Guardia Nacional, además de que se vulneraba el artículo 13 constitucional, porque expandía la jurisdicción militar a servidores que, de acuerdo con la Constitución Federal, deben ser civiles ¡Ominosa barbaridad legislativa y jurídica!
También validaron el régimen de reasignación del personal de la Guardia Nacional proveniente de la Policía Naval; así como el régimen de la estructura orgánica, servicio de carrera y profesionalización del personal de la Guardia Nacional; y el subsistema de colaboración entre la Guardia Nacional y la Fuerza Armada para el desempeño de las funciones de seguridad pública. A corregir los abusos. Nada que los militares sigan en funciones de autoridad civil, adscritos a la SEDENA y, en caso de alguna falta sean sometidos al régimen militar y no al civil. Lo mismo con sus prestaciones. O se quedan en la Guardia Nacional, de naturaleza civil o en la SEDENA, cuya función es eminentemente castrense. Crearon un horrendo galimatías legal. Pero, para el ministro Arturo Zaldivar eso no importaba. Las otras dos ministras no piensan, no razonan, solo acatan lo ordenado por el presidente López.
Un hecho jurídico importante que quedó pendiente. Los ministros determinarán los efectos de la resolución, esos serán determinados durante la próxima sesión del Pleno de la SCJN, dado lo resuelto por la presidenta.
Por lo pronto, otro revés constitucional para el abusivo de López Obrador. Ahora que, veremos el berrinche presidencial, los epítetos, calumnias y difamaciones que lanzará en contra de los ministros. Falta ver si el presidente está dispuesto a acatar la sentencia de la Corte, de no hacerlo cometerá un delito, incurriría en conducta contumaz, de hecho rompería con la fuerza y eficacia de respeto a la Constitución.